Si tienes una PYME o una startup, seguramente hayas leído que VeriFactu "entra en vigor en 2026" y que necesitas adaptarte urgentemente. Que las multas pueden llegar a 50.000 euros. Que tienes que comprar un software nuevo ya. Que el cielo se cae.

La realidad es bastante más tranquila. En esta guía te explico los plazos reales, qué tienes que hacer, qué no tienes que hacer, y cómo prepararte sin agobios ni decisiones precipitadas.

Lo más importante (en 30 segundos)

Los plazos de VeriFactu se han retrasado un año. Las SLs tienen hasta el 1 de enero de 2027 y los autónomos hasta el 1 de julio de 2027 para adaptar sus sistemas de facturación. No tienes que enviar todas las facturas a Hacienda en tiempo real: eso es voluntario. Lo que sí es obligatorio es usar un software de facturación que cumpla los requisitos técnicos.

¿Qué es VeriFactu exactamente?

VeriFactu es un sistema creado por la Agencia Tributaria dentro de la Ley Antifraude. Su objetivo es que todas las facturas que emites sean verificables, trazables e inalterables. Es decir, que no puedas manipularlas después de emitirlas.

En la práctica, esto significa que tu programa de facturación tiene que generar un registro seguro por cada factura, con una firma digital y un código QR. Nada más y nada menos.

Lo que no significa es que Hacienda vaya a recibir todas tus facturas en tiempo real automáticamente. Eso es la modalidad "VeriFactu" propiamente dicha, y es voluntaria. La otra opción es la modalidad "No VeriFactu", donde tu software cumple los requisitos técnicos pero las facturas se envían solo si Hacienda te las pide. Ambas son perfectamente válidas.

Los plazos reales (actualizados a 2026)

El calendario ha cambiado varias veces. El Real Decreto-ley 15/2025 retrasó un año la exigibilidad. Estos son los plazos vigentes:

Jul 2025
Fabricantes de software Desde esta fecha, solo se puede comercializar software de facturación adaptado a los nuevos requisitos. Si tu programa ya se actualizó, estás cubierto.
1 Ene 2027
Sociedades (SL, SA, cooperativas...) Todas las empresas sujetas al Impuesto de Sociedades deben facturar con un sistema que cumpla los requisitos de VeriFactu.
1 Jul 2027
Autónomos y personas físicas El resto de obligados tributarios (autónomos, profesionales, comunidades de bienes) tienen hasta esta fecha.
¿Y la facturación electrónica obligatoria entre empresas (Ley Crea y Crece)?

Es otra cosa diferente. La factura electrónica B2B (entre empresas) tiene su propio calendario y todavía no tiene fecha firme de entrada en vigor. No la confundas con VeriFactu: son normativas distintas con plazos distintos.

Qué tienes que hacer si eres una SL o startup

1. Comprueba que tu software ya cumple

Si usas un programa de facturación en la nube como Holded, Quipu, Anfix, Sage o similares, es muy probable que tu proveedor ya haya actualizado el software o esté en proceso de hacerlo. Los fabricantes tenían obligación de ofrecer versiones adaptadas desde julio de 2025.

Lo que tienes que verificar es que tu programa incluya la generación de registros con firma digital, la capacidad de incluir código QR en las facturas, y la trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Si estás en Holded, por ejemplo, estas funcionalidades ya están disponibles o en fase de activación.

2. Decide si quieres enviar facturas a Hacienda o no

Recuerda: el envío automático es voluntario. La modalidad "No VeriFactu" cumple la ley igualmente. La diferencia es que si eliges enviar (modalidad VeriFactu), Hacienda te considerará un contribuyente "de confianza", lo que puede tener ventajas en el futuro, como menos requerimientos o inspecciones más ágiles. Pero no es obligatorio.

3. No factures con Word o Excel

Esto sí es importante: a partir de la fecha de entrada en vigor, no será válido emitir facturas con procesadores de texto ni hojas de cálculo, porque no pueden garantizar la inalterabilidad ni la trazabilidad. Si todavía facturas así, este es el momento de pasarte a un software profesional.

4. No hagas nada precipitado

Tienes hasta enero de 2027. Eso te da tiempo de sobra para planificar la transición con calma, hablar con tu asesoría (hola), y asegurarte de que todo funciona antes de la fecha límite. Las decisiones precipitadas suelen ser las más caras.

Las sanciones: lo que dicen y lo que significan

Es verdad que la Ley General Tributaria prevé sanciones importantes: hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal por usar programas no certificados, y entre 1.000 y 100.000 euros por omisión o alteración de registros. Pero estas sanciones están pensadas para el fraude deliberado, no para la PYME que llega un mes tarde a la adaptación.

Dicho esto, no es un tema para ignorar. La mejor estrategia es prepararse con antelación (tienes casi un año) y asegurarte de que tu software cumple. Nada más.

¿Y si estoy en el SII?

Si tu empresa ya está acogida al Suministro Inmediato de Información (SII) del IVA, las obligaciones de VeriFactu no te aplican directamente para esas operaciones. El SII ya cumple con los estándares de trazabilidad que exige la normativa. Pero si emites facturas que no están cubiertas por el SII, sí tendrás que adaptarte.

Nuestra recomendación: qué hacer este 2026

Plan de acción para tu PYME

Abril–Junio 2026: Verifica con tu proveedor de software que tu programa está adaptado o tiene fecha de actualización. Si usas Holded, pregúntanos y te lo confirmamos.

Septiembre–Octubre 2026: Haz una prueba real. Emite algunas facturas con el nuevo sistema y comprueba que todo funciona: QR, registros, firma digital.

Noviembre–Diciembre 2026: Ya estás listo. Entra en enero de 2027 con todo funcionando, sin prisas de última hora.

La clave es no dejarse llevar por el alarmismo pero tampoco por la indiferencia. VeriFactu es un cambio real que afecta a todas las PYMES, pero con una buena planificación es un trámite, no un drama.

GA
Gonzalo Andreu Fundador de Numeriq · Asesoría contable y fiscal digital para PYMES